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Con la intención de fortalecer el acceso a procesos de creación, proyectos y desarrollo de expresiones culturales, artísticas y científicas, para el fomento de una programación continua que promueva la creatividad en niños, niñas y jóvenes (NNJ), el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a través del programa Cecrea, invita a instituciones a postular para la firma de un convenio de colaboración.
La institución seleccionada deberá desarrollar, durante un año, diversas líneas de acción, teniendo presente cinco objetivos específicos comunes:
Dichos objetivos tendrán un alcance nacional con la red de ambas instituciones desplegándose a través de los distintos Centros, distribuidos en 13 regiones, con especial énfasis en los cuatro Centros de Creación ubicados en las comunas de Vallenar, La Ligua, Valdivia y Castro.
Además, se deben realizar procesos de intervención que permitan relevar los Espacios Didácticos de los Centros como soportes de la experiencia pedagógica, con especial interés en ciencia y tecnología. Del mismo modo, implicará desarrollar una programación articulada, propiciando procesos de planificación conjunta y el trabajo pedagógico integrado para el Centro de Creación de Valdivia.
El convenio considera una transferencia de recursos de $140.000.000.- (ciento cuarenta millones de pesos).
Para postular es necesario enviar la documentación detallada en la letra L de las bases, al correo electrónico cecrea@cultura.gob.cl, a más tardar hasta el 27 de junio, a las 17:00 horas, de la forma que se indica a continuación:
Para revisar los detalles de la convocatoria descargue aquí las bases, y los anexos en este link.
Preguntas y respuestas ingresadas por cecrea@cultura.gob.cl:
PREGUNTAS | RESPUESTAS |
¿En el caso de postular como establecimiento de educación superior, debemos hacerlo como Universidad de Chile, o podemos hacerlo como Facultad de Artes de la Universidad de Chile? | La postulación va asociada a quien tiene la personalidad jurídica, es decir, la U. de Chile para todos los efectos formales, entre ellos, RUT, personería, estatutos, etc. Eso no obsta a que al momento de acreditar la experiencia o de armar una propuesta colaborativa puedan especificar que se ejecutará a través de la Facultad de Artes o cualquiera de sus áreas específicas. |
En relación al cofinanciamiento ¿pueden ser en un 100% no pecuniario? Pudiendo considerar RRHH, Uso de equipos e Implementación de dispositivos de creación interdisciplinar, entre otros. | Sí, tal como señala el apartado de (C) Cofinanciamiento obligatorio, el aporte podrá realizarlo en dinero, bienes o en servicios valorados adecuadamente según el precio de mercado (pecuniarios y no pecuniarios), sin embargo, este cofinanciamiento deberá responder íntegra y pertinentemente a las líneas de acción de esta convocatoria, dicho monto podrá ser propio o de terceros y esto deberá ser declarado en ANEXO 2. |
¿Es posible proponer las actividades solamente en los Cecrea correspondientes? Esto debido a que la Universidad no cuenta con sedes en regiones. | Sí; sin embargo, a la hora de redactar el convenio de colaboración y considerar los objetivos y metas anuales del Programa Cecrea, estas deben implicar necesariamente 140 experiencias creativas, desglosadas en 100 laboratorios y 40 actividades creativas. Además, deben ser sostenidas en una estructura organizacional y una capacidad de gestión de proyectos adecuada, proporcional a los requerimientos de esta iniciativa y demostrable en el ANEXO 3,donde deberá presentar organigrama de la institución, y dotación de personal. |